Esta es la lista de los delitos que son ahora considerados como no graves en el Sistema Judicial, a los que ya no se aplicara prisión preventiva:
1 Homicidio culposos.
2 Lesiones.
3 Aborto.
4 Lesiones por contagio.
5 Daño a la propiedad.
6 El ejercicio ilegal del servicio publico.
7 Evasión de presos.
8 Suministro de medicinas nocivas o inapropiadas.
9 Ataques a visa y medios de comunicación.
10 Delitos contra el ambiente y actos de maltrato o crueldad animal.
11 Lesiones culposos.
12 Procreación asistida.
13 Esterilización forzada.
14 Peligro de contagio.
15 Privación de la libertad con fines sexuales.
16 Violación cuando entre la víctima y el victimario exista vinculo de pareja, concubinato o matrimonio.
17 Acoso sexual, abuso sexual, estupro y delitos contra el cumplimento de la obligación alimentaria.
18 Violencia familiar y violencia familiar equiparada.
19 Discriminación.
20 Amenazas.
21 Allanamiento de morada.
22 Delitos patrimoniales cometidos por un descendiente, ascendiente, cónyuge, adoptante, adoptado, concubino,parejapermanente,oparienteshasta el segundo grado de consanguineidad.
23 Robo sin agraviante.
24 Abuso de confianza y abuso de confianza equiparado.
En la materia de fraudes se perseguirá: fraudes específicos, insolvencia fraudulenta en prejuicio de los acreedores, administración fraudulenta.
Esto cuando se cometan en prejuicio de dos o más víctimas.
En defraudaciones fiscales: defraudación fiscal con inmuebles, en materia de suministros de agua potable, relacionados con los padrones de contribuyentes, delitos de falsificación Si asociación delictuosas en materia fiscal. Se persigue en oficio cuando se vean involucrados servidores públicos, además se perseguirán delitos contra la regulación urbana.
Al dejar de considerarse “graves” estos delitos, se posibilitará que los procesados por alguno de ellos puedan solicitar libertad provisional.